8/25/2022

PECS (PICTURE EXCHANGE COMMUNICATION SYSTEM), SISTEMA DE COMUNICACIÓN POR INTERCAMBIO DE IMÁGENES


 


¡HOLA, AMIGOS/AS!



¡BIENVENIDOS!WELCOME! 
                         
                                                               
                                                       AULA DE AUDICIÓN Y LENGUAJE

                                       


¡Hola, amig@s !

Este curso vamos a seguir trabajando a través de nuestro Blog. Hemos estado utilizándolo desde que surgió la pandemia para estar en contacto permanente, en la medida de lo posible, tanto con los padres y madres así como con el alumnado de nuestro "cole". 
Con este Blog lo que pretendemos es subir, de una forma rápida y eficaz, toda aquella información que consideramos relevante en nuestra área para conseguir  nuestros objetivos. 
Esperamos que nos siga siendo útil. Sobre todo, en este periodo escolar que comienza y que a pesar de que el  COVID-19 esté aún presente, aunque con más baja incidencia, todavía tenemos que tomar ciertas precauciones a la hora de desempeñar nuestro trabajo diario.
Cada página llevará unos contenidos y actividades determinadas. Estas se llevarán a cabo de forma individualizada y bajo las instrucciones del maestro en cada momento del proceso de enseñanza.
   Un saludo 
        

  •  A principio de curso, comenzamos con la nueva ley de educación (LOMLOE) a nivel curricular para los cursos impares, tanto de primaria (1º,3º y 5º)  como de secundaria (1º y 3º). 

LLOMLOE entró en vigor en enero de 2021 (20 días después de su publicación), pero la implantación de las modificaciones contempladas en ella está prevista que se realice de forma escalonada a lo largo de tres años.




 👉MODIFICACIONES LOMLOE 


 Disposición adicional cuarta. Evolución de la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales

Las Administraciones educativas velarán para que las decisiones de escolarización garanticen la respuesta más adecuada a las necesidades específicas de cada alumno o alumna, de acuerdo con el procedimiento que se recoge en el artículo 74 de esta Ley. 
El Gobierno, en colaboración con las Administraciones educativas, desarrollará un plan para que, en el plazo de diez años, de acuerdo con el artículo 24.2.e) de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas y en cumplimiento del cuarto Objetivo de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad. 
Las Administraciones educativas continuarán prestando el apoyo necesario a los centros de educación especial para que estos, además de escolarizar a los alumnos y alumnas que requieran una atención muy especializada, desempeñen la función de centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios.

Destacamos los siguientes artículos:

Artículo 9. Competencias clave y Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica.

1. A efectos del presente decreto y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.1 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, las competencias clave del currículo son las siguientes:

a) Competencia en comunicación lingüística.

b) Competencia plurilingüe.

 c) Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería.

d) Competencia digital.

e) Competencia personal, social y de aprender a aprender.

 f) Competencia ciudadana.

g) Competencia emprendedora.

h) Competencia en conciencia y expresión culturales.

Artículo 10. Áreas.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, las áreas de la Educación Primaria que se imparten en todos los cursos son las siguientes:

 a) Ciencias de la Naturaleza.

b) Ciencias Sociales.

c) Educación Física.

d) Educación Plástica y Visual.

 e) Lengua Castellana y Literatura.

f) Lengua Extranjera.

g) Matemáticas.

h) Música y Danza.

2. A las áreas incluidas en el apartado anterior, se añadirá en sexto curso la Educación en Valores Cívicos y Éticos.



Las áreas de la Educación Infantil son las siguientes: 

– Crecimiento en Armonía. 
– Descubrimiento y Exploración del Entorno. 
– Comunicación y Representación de la Realidad.

Competencias clave:

– Competencia en comunicación lingüística. 
– Competencia plurilingüe. 
– Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería. 
– Competencia digital. 
– Competencia personal, social y de aprender a aprender. 
– Competencia ciudadana. 
– Competencia emprendedora. 
– Competencia en conciencia y expresión culturales

  • En esta página también iremos poniendo algunos cuadros sinópticos sobre la terminología que puede aparecer en nuestro Blog. Algunos términos suelen crear algo de confusión, comenzaremos con ACNEE Y ACNEAE. 
A muchos docentes les cuesta diferenciar estas siglas. Y, aunque pueda parecer lioso, esto es muy sencillo. Veámoslo:

NEE = Necesidades Educativas Especiales

ACNEE = Alumnado con Necesidades Educativas Especiales

Como ves, simplemente, las segundas siglas tienen al principio la coletilla “Alumnado Con”, y, en realidad, ambas siglas se utilizan para referirse a lo mismo.

Otra cosa es el término ACNEAE (alumno con necesidad especifica de apoyo educativo) alumnos que requieren atención educativa diferente a la ordinaria. En la nueva ley pasan a ser 8:

– Alumnado con Necesidades Educativas Especiales (NEE).
– Alumnado con Retraso Madurativo.
– Alumnado con Trastorno de Atención o de Aprendizaje.
– Alumnado con Desconocimiento Grave de la Lengua de Aprendizaje.
– Alumnado por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa.
– Alumnado con Altas Capacidades Intelectuales.
– Alumnado con Trastornos del Desarrollo del Lenguaje y la Comunicación.
– Alumnado de Incorporación tardía al Sistema Educativo, Condiciones personales o Historia Escolar

Y ahora que ya tienes claras las siglas, vayamos al grano y aclaremos el propio concepto de NEE:

La LOMLOE en su artículo 73 recoge que: Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales(NEE), aquel que afronta barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo.

Los alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEE) son, según el artículo 71 del actual currículo LOMLOE, aquellos que afrontan barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje en la educación, por presentar:

  • Discapacidad física
  • Discapacidad psíquica
  • Discapacidad sensorial
  • Trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje
                    
  • Aquí os dejo  algunos enlace de la última ley de educación aprobada LOMLOE. La podemos ojear para ver que cambios hay respecto a la ley anterior y como nos afecta a la Atención a la Diversidad. 
                                                👉CLIC AQUÍ: LOMLOE (2020) 


                              


                                          👉ACNEAE: 8 categorías (LOMLOE). GENIALLY      

                                         
  • Igualmente, otro documento que nos puede interesar será la resolución de 30 de julio de 2019 de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa por la que se dictan instrucciones para la identificación y la respuesta educativa a las necesidades del alumnado que presenta dificultades de aprendizaje.




  • Veamos ahora algunos términos que han ido cambiando sobre las otras leyes anteriores LOE y LOMCE:

1. DIFERENCIAS ENTRE ACNEAE Y ACNEE (LOMCE)


2. CUADROS SINÓPTICOS (a veces mapas conceptuales y  otras cuadro mentales, que son cosas diferentes pero nosotros los usaremos indistintamente)) DE NUESTRO INTERÉS (hay que tener en cuenta que la terminología ha ido cambiando a medida que surgen nuevas leyes de educación: Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE), Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE), Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG), Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE), Ley Orgánica de Educación (LOE) del 2006, Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) del 2013, y la última aprobada es  la Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE) del 2020. Además, van surgiendo nuevas teorías científicas y documentos que afectan a nuestro alumnado. 
Progresivamente, iremos introduciendo estos nuevos cambios.

  • Algunos cuadros que nos ayudan a entender de donde viene ACNEAE Y ACNEE en leyes como la LOE que luego van ampliando la LOMCE y la LOMLOE. Igualmente algunos trastornos o síndromes que vamos a encontrar en nuestro alumnado. 

  • Enlace a la  LOMCE (anterior a la LOMLOE) .

LOS ACNEAE EN LA LOMCE:

En la LOMCE, Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modifica la LOE respecto a la estructura del alumnado que requiere una atención educativa diferente a la ordinaria en el apartado Cincuenta y siete. Los apartados 1 y 2 del artículo 71 modificación, así las categorías a las que hace referencia son las siguientes “…, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los Objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.»







OTROS DOCUMENTOS QUE NOS PUEDEN INTERESAR


  • DIFERENCIAS  TANV (TRASTORNO DEL APRENDIZAJE NO VERBAL) Y TEA



  • Por último, nuestro código QR para facilitar el acceso a nuestro Blog del Aula de Audición y Lenguaje: 


  • PODEMOS OJEAR ESTE GENIALLY CON EL QUE PRETENDEMOS FACILITAR , SIMPLEMENTE AL OJEAR Y CLICAR, CADA UNA DE LAS CATEGORÍAS DE ACNEAE  QUE INCLUYE LA LOMLOE. 


           


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